“…el numeral cuarto del artículo 54 de la ley 19.947, establece como causal para decretar el divorcio por culpa a la “Conducta homosexual”, de uno de los cónyuges. Con ello, nuestra legislación homologa o posiciona, junto con conductas delictuales, al homosexualismo, con la finalidad de establecer la dictación de sentencia de divorcio por culpa, por parte de juez competente. ”
Boletín N° 9604-18