Diputado Ceroni solicita creación de Comisión Investigadora por Fusion de AFP Cumprun y Argentum

Diputado Ceroni solicita creación de Comisión Investigadora por Fusion de AFP Cumprun y Argentum

De conformidad con lo establecido en los artículos 52 N° 1), letra c), de la Constitución Política de la República, 53 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y 297 del Reglamento de la Corporación, los abajo suscritos solicitamos a US., se sirva recabar el acuerdo de la Sala para crear una Comisión especial Investigadora, tomando en consideración los siguientes antecedentes:

1. El 2 de enero de 2015, la Superintendencia de Pensiones (SP) autorizó la fusión por absorción de dos AFP Cuprum y AFP Argentum, ambas de la Compañía Principal Financial Group, tras un proceso de análisis que duro tan sólo cuatro meses.

2. Esta fusión por absorción comenzó a gestarse en septiembre del año 2014, cuando la primera solicitud presentada por Principal Institucional Chile S.A. (PIC) fue rechazada por improcedente.

La Superintendencia de Pensiones a través de un oficio ordinario de fecha 25 de septiembre de 2014, respondía que: “era improcedente autorizar esa operación, ya que el artículo 43 del DL 3.500 sólo permite en forma expresa fusiones entre AFPs, y que dicha fusión no cumplía con lo indicado en la norma.

3. La “Empresa Principal Chile Ltda., dueña de la mayor parte de Principal Institucional Chile S.A. (PIC), decidió transformar a dicha compañía en una AFP a la que llamarían “Argentum S.A.”, operación que comienza se gestionarse con fecha 14 de noviembre de 2014, con la presentación de la documentación correspondiente ante la Superintendencia de Pensiones, solicitando autorización
para ello.

4. La Superintendencia de Pensiones, informa que con fecha 19 de diciembre aprobó la existencia y los estatutos de AFP Argentum S.A., en resumen señala que “Tras un mes de análisis enfocado en corroborar la transformación de Principal Institucional Chile S.A. (PIC) en una AFP y ajustándose a todas las normas legales vigentes, la Superintendencia aprueba los estatutos de AFP Argentum S.A.”. El documento oficial entregado por la Superintendencia de Pensiones, indicaba lo siguiente: “Por Resolución AT E-220-2014, de fecha 19 de diciembre de 2014, de la Superintendencia de Pensiones, se aprobó la existencia y los estatutos de AFP Argentum S.A., lo anterior para el solo efecto de su fusión con Cuprum”. La citada resolución declaró disuelta y canceló la autorización de existencia de AFP Cuprum, otorgada por Resolución N° E-012- 81, de fecha 28 de abril de 1981.

5. El 26 de diciembre de 2014, una semana después de que se autorizó la existencia de la nueva AFP, ambas compañías AFP Cuprum y AFP Argentum, solicitaron a la Superintendencia de Pensiones autorización para fusionarse por absorción. El mismo día el Sil autorizó a Argentum para mantener el RUT de la absorbida AFP Cuprum S.A.

6. Que, AFP Argentum, no arrendó oficina, no contrato personal, ni público el costo de sus comisiones, esta empresa, una “empresa de papel”, que absorbió a la AFP Cuprum, se quedaba en lugar
de ella pero no cambio nada manteniendo el nombre comercial “Cuprum”.

7. Luego de concretada la “Operación”, entre ambas AFPs, la Superintendencia de Pensiones (SP), y ya fuera del ámbito de decisiones y facultades de la Superintendencia de Pensiones, Cuprum informó a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) que la fusión tendría un efecto tributario incluido en la Reforma Tributaria de 2014, y que le permitía diferir el pago de impuestos por un valor de $ 80 mil millones de pesos, es decir cerca de US$ 130 millones,obviamente todo lo anterior dependiendo de los resultados que pudieran obtener en el ejercicio de su actividad.

8. La reforma tributaria buscaba reducir la elusión y la evasión y esta operación justamente hace lo contrario, vulnera el principio de legalidad como fundamento de las normas antielusivas, establecidas en la Ley N° 20.780, que entiende que hay elusión en los casos de abuso o simulación.

Por lo anteriormente expuesto, los suscritos solicitamos que la Cámara de Diputados acuerde crear una Comisión Especial Investigado para investigar el Rol de las Superintendencias de Pensiones (SP) y la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en la “Operación” fusión y absorción de las AFP Cuprum Y AFP Árgentum, ocurrida durante el año 2014-2015, en donde se otorgó un beneficio
tributario por la suma de $ 80.000 millones de pesos, (unos US$ 130 millones). Asimismo investigue la participación que le pudiere corresponder al Servicios de Impuestos Internos en estas operaciones, todos deberán entregar antecedentes necesarios para la investigación, citando e invitando a posterior según la comisión lo determine, a otras personas, y luego, remita sus conclusiones, una vez aprobadas a los órganos jurisdiccionales que correspondan proponiendo las medidas que sean conducentes para corregir las presuntas irregularidades que se descubran a objeto de evitar que en el futuro vuelvan a ocurrir.

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